Zonas Frías: el proyecto que sube el gas en la Patagonia y limpia deudas millonarias de las eléctricas

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Zonas Frías: el proyecto que sube el gas en la Patagonia y limpia deudas millonarias de las eléctricas

El texto aprobado en Diputados no solo modifica el subsidio al gas: también abre una vía para que distribuidoras eléctricas compensen deudas con CAMMESA sobre la base de ingresos hipotéticos que nunca se concretaron.

Por Cavernaradio.net

Resumen cavernoso

  • El proyecto crea una compensación para distribuidoras y transportistas eléctricas bajo jurisdicción federal, aplicable a deudas con CAMMESA.
  • La compensación se calcula contra un escenario contrafáctico: lo que las empresas habrían cobrado si se hubieran aplicado plenamente los contratos de concesión.
  • Ese método es cuestionable porque toma consumos reales ocurridos bajo subsidio y los proyecta como si hubieran existido igual con tarifa plena.
  • Para usuarios patagónicos, la modificación del régimen puede traducirse en facturas más altas, aun manteniéndose formalmente dentro de la Zona Fría.

El núcleo de la maniobra

La discusión pública se presentó como una reforma al Régimen de Zona Fría. Pero dentro del mismo paquete aprobado en Diputados aparece un capítulo mucho más silencioso: un mecanismo para compensar deudas de distribuidoras eléctricas con CAMMESA, la administradora del mercado mayorista de electricidad.

La pregunta es directa: ¿la nueva ley libera a empresas energéticas de una deuda multimillonaria? La respuesta, con precisión jurídica, es sí: no mediante un perdón escrito con esa palabra, sino a través de una compensación. El artículo 4° del dictamen habilita al Estado a calcular supuestas diferencias de ingresos no percibidos por distribuidoras y transportistas bajo jurisdicción federal durante años de emergencia tarifaria. Luego, ese eventual crédito se aplicaría a cancelar obligaciones que esas compañías tengan con CAMMESA.

El mismo artículo establece otra ventaja: las sumas originadas por esa compensación quedarían exentas del impuesto a las ganancias.

Cuánto se liberaría a las empresas

La cifra que sobrevuela la discusión es de escala mayor: las distribuidoras eléctricas acumularían deudas con CAMMESA por unos US$ 1.842 millones. De ese total, Edenor aparece con alrededor de US$ 438 millones, Edesur con US$ 345 millones y el Grupo DESA con US$ 474 millones, según información parlamentaria difundida por medios especializados.

Conviene precisar el concepto: no se trata de recaudación nueva en sentido estricto, sino de alivio patrimonial. Si una deuda se extingue o se reduce mediante compensación, la empresa mejora su balance, baja su exposición financiera, reduce riesgo judicial y gana margen operativo. Para el usuario, en cambio, el impacto aparece en la boleta.

El golpe al usuario patagónico

Mientras tanto, el costo social de la reforma se traslada al gas. Para los usuarios incorporados por la ampliación de 2021, el proyecto elimina el beneficio automático y lo limita a hogares que acrediten vulnerabilidad económica. Para la Patagonia, Malargüe y la Puna, el régimen continúa, pero con una trampa tarifaria: el subsidio ya no se aplicaría sobre toda la factura, sino sobre el precio del gas, dejando afuera transporte, distribución y parte del cargo fijo.

Ese cambio también golpea a los patagónicos. Especialistas citados por EconoJournal calcularon que el aumento promedio podría rondar el 20% en Neuquén y trepar hasta cerca del 30% en Tierra del Fuego y el sur de Santa Cruz.

El Gobierno justifica la reforma en el costo fiscal. Según estimaciones periodísticas, el régimen actual generaría un déficit de $485.000 millones, y la aprobación de los cambios permitiría un ahorro estimado de $272.099 millones.

El problema jurídico: cobrar sobre un mundo que no ocurrió

El punto más discutible del artículo 4° no es solo que compense deudas empresarias, sino cómo construye el crédito. El proyecto compara lo que las distribuidoras cobraron durante la emergencia con lo que “hubieran cobrado” si se aplicaban plenamente los contratos de concesión. Pero ese cálculo parte de una ficción: supone que, con tarifas más altas, los usuarios habrían consumido exactamente lo mismo y pagado con la misma regularidad.

En realidad, parte de ese consumo existió porque estaba subsidiado. Si el precio pleno hubiera regido, la demanda probablemente habría sido menor, la morosidad mayor y el ingreso efectivo distinto. Así, el Estado podría terminar reconociendo como “pérdida” empresaria una facturación hipotética sobre energía consumida bajo subsidio, es decir, sobre un volumen que la propia política pública ayudó a generar.

La antítesis es brutal: al usuario final no se le reconoce un crédito por lo que “habría ahorrado” si el Estado no hubiera cambiado las reglas, ni se le descuenta la factura futura por haber sostenido con impuestos y recargos parte del sistema. A la empresa se le computa un ingreso imaginario; al usuario, solo el consumo real y la deuda real.

Legalidad no equivale a razonabilidad

Puede ser legal crear por ley un régimen de compensación. Lo cuestionable es si esa compensación respeta criterios de razonabilidad, causalidad económica y trato igualitario cuando se calcula sobre ingresos hipotéticos sin descontar el efecto precio-demanda, la cobrabilidad real, el riesgo empresario, los subsidios públicos previos y la conducta concreta de cada concesionaria.

Una cosa es reconocer un costo efectivamente incurrido; otra, convertir en crédito exigible una facturación que nunca existió y que tal vez jamás habría existido en esas condiciones. En energía, el precio no es neutro: modifica el consumo, la morosidad y la capacidad de pago. Por eso, calcular la compensación sobre consumos ocurridos bajo subsidio puede terminar sobrerreconociendo ingresos empresarios y duplicando cargas que, directa o indirectamente, ya fueron financiadas por los usuarios y el Estado.

¿Entonces?

La ingeniería política es clara: menos subsidios al consumo residencial, más margen fiscal para el Estado y una salida elegante para balances empresarios cargados de deuda. El usuario patagónico no queda afuera del mapa de Zona Fría, pero queda más expuesto a que el descuento sea menor y dependa cada vez más de la reglamentación del Ejecutivo.

En síntesis: el proyecto no solo modifica el régimen de gas. También abre una puerta para que grandes distribuidoras eléctricas compensen deudas multimillonarias. Para las empresas, alivio financiero sobre un cálculo contrafáctico. Para los hogares del sur, una factura más pesada en pleno invierno.

Cifras centrales

Concepto Estimación / dato Lectura periodística
Deuda total atribuida a distribuidoras con CAMMESA US$ 1.842 millones Potencial alivio patrimonial si se compensa con créditos reconocidos por el Estado.
Edenor US$ 438 millones Uno de los principales beneficiarios potenciales.
Edesur US$ 345 millones Otro actor central en la deuda acumulada.
Grupo DESA US$ 474 millones El monto informado lo ubica entre los mayores casos.
Usuario patagónico +20% a +30% estimado según provincia Impacto tarifario por cambio en la base del subsidio.
Ahorro fiscal esperado Alrededor de $272.099 millones El ajuste se presenta como reducción de gasto público, con traslado parcial al usuario.

Fuentes consultadas

Nota metodológica

Este documento distingue entre hechos verificables del texto legislativo, estimaciones periodísticas disponibles y una interpretación crítica sobre el método de cálculo contrafáctico. La calificación jurídica definitiva dependerá de la versión sancionada, la reglamentación y eventuales controles administrativos o judiciales.

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